Frequently Asked Questions
2-¿Por qué acudir a la Defensa Pública?
La Defensa Pública es un órgano del sistema de justicia que asiste, asesora y representa a los ciudadanos, venezolanos y extranjeros, en cualquier estado y grado del proceso penal, administrativo o civil. Cuenta con defensores públicos y abogados que asisten a la población de manera gratuita y expedita.3- ¿Necesitas la designación de un defensor público?
Si requieres la defensa en una competencia no penal, la institución cuenta con especialistas en las materias agraria, indígena, protección, inquilinaria, civil, tránsito, laboral, entre otras, para atender las solicitudes de los ciudadanos, puedes acudir a las sedes desplegadas en el territorio nacional. En caso de estar privado de libertad, puedes solicitar la designación de un defensor público, a través de la consultoría del centro de reclusión donde te encuentres. Si se encuentra en libertad, realice la solicitud ante el Tribunal de Ejecución respectivo, para que éste haga el requerimiento ante la Coordinación de la Unidad Regional de la Correspondiente.4- ¿El servicio es gratuito?
Todos los servicios que presta este órgano del sistema de justicia son gratuitos y se brindan a todos los ciudadanos sin ningún tipo de distinción de raza, credo, religión o color.
1- ¿Cuál es la diferencia entre la Defensa Pública y la Defensoría del Pueblo?
La Defensa Pública: defiende los derechos particulares de cada individuo, dependiendo de la materia en las que la institución ejerce sus actuaciones. Son abogados o defensores públicos que actúa en la defensa gratuita de los derechos de los ciudadanos en los aspectos jurisdiccionales. La Defensoría del Pueblo: tiene a su cargo la promoción, defensa y vigilancia de los derechos y garantías establecidos en nuestra Carta Magna y en los tratados internacionales sobre derechos humanos, además de los intereses legítimos, colectivos o difusos de los ciudadanos y ciudadanas.5- ¿Qué competencias tiene la Defensa Pública?
La Defensa Pública ejerce sus actuaciones en 15 competencias, entre materias penales y no penales:
No penales:
Agraria y pesquera.
Indígena.
Civil y Especial Inquilinaria y para la defensa del Derecho a la Vivienda.
Civil, Mercantil y Tránsito.
Laboral.
Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Contencioso Administrativo.
Tribunal Supremo de Justicia.
Electoral.
Penales:
Penal Ordinario.
Responsabilidad Penal del Adolescente.
Especial Delitos de Violencia Contra la Mujer.
Especial Policial.
Penal Municipal.
Penal Militar.