Penal Ejecución

La Defensa Pública asiste, orienta, asesora y representa a todas las personas condenadas a cumplir una pena, velando por el cumplimiento del derecho a la defensa y del debido proceso.

El área especializada en materia de ejecución de sentencia está orientada a defender a los adultos ante los tribunales y organismos del sistema penitenciario, cuando pesa sobre ellos una sentencia condenatoria definitivamente firme, garantizándoles sus derechos y su dignidad humana, así como la aplicación preferente de penas no privativas de libertad (artículo 272 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela).

En caso de estar privado de libertad, diríjase a la consultoría jurídica del centro de reclusión, para solicitar la designación de una defensora pública o un defensor público. Si se encuentra en libertad, realice la solicitud ante el tribunal de ejecución respectivo, para que este haga el requerimiento ante la coordinación regional de la Defensa Pública correspondiente. Asimismo, tanto el penado que se encuentre en libertad, como el familiar del privado de libertad, si lo desea, puede acudir a la sede de la unidad regional de la Defensa Pública del estado en el cual se sigue la causa, a los fines de solicitar el trámite para la designación de una defensora o defensor público.

  • Asesoría
  • Representación
  • Orientación

Servicios y atribuciones:

  • Asesorar y asistir a todas aquellas personas que requieran nuestros servicios.
  • Asesorar y asistir a las personas penadas en las sedes de la Defensa Pública (para quienes se encuentren en libertad) o en los diferentes centros de reclusión (en caso de estar privados de ella).
  • Representar a las personas penadas ante el Ministerio Público, los tribunales y los órganos del sistema penitenciario.
  • Velar por el cumplimiento de los derechos y garantías de todas aquellas personas que se encuentran cumpliendo una pena.
  • Brindar atención e información a los familiares y amigos de las personas penadas.
  • Recibir y tramitar ante los órganos competentes las quejas de los privados de libertad.
  • Cumplir las guardias asignadas ante los centros penitenciarios.