Historia

Nuestra Historia

Conoce más sobre nuestro comienzo, te mostraremos los hitos mas importantes de nuestra Institución hasta el momento

1995

FUNDACIÓN DE LA DEFENSORIA DE PRESOS

FUNDACIÓN DE LA DEFENSORIA DE PRESOS

El 30 de junio de 1915, se contempla por primera vez el Código de Enjuiciamiento Criminal la “Defensa Pública de Presos”.

1999

NUEVA ETAPA EN LA INSTITUCIONALIDAD JURIDICO-POLITICA EN EL PAIS

NUEVA ETAPA EN LA INSTITUCIONALIDAD JURIDICO-POLITICA EN EL PAIS

Hasta el 16 de junio del año 2000 dependió del extinto Consejo de la Judicatura, dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial.

2000

INDEPENDENCIA DEL CÓDIGO DE LA JUDICATURA

INDEPENDENCIA DEL CÓDIGO DE LA JUDICATURA

Hasta el 16 de junio del año 2000 dependió del extinto Consejo de la Judicatura, dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial
CREACIÓN DEL SISTEMA AUTONOMO DE LA DEFENSA PÚBLICA

CREACIÓN DEL SISTEMA AUTONOMO DE LA DEFENSA PÚBLICA

El 15 de agosto del año 2000, se publicó en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 37.014, la Resolución Normativa sobre la Dirección, Gobierno y Administración del Poder Judicial, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Plena.

2007

PUBLICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE LA DEFENSA PÚBLICA

PUBLICACIÓN DE LA LEY ORGÁNICA DE LA DEFENSA PÚBLICA

En fecha 2 de enero de 2007, fue publicada la Ley Orgánica de la Defensa Pública en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 38.595, con el objeto de regular la naturaleza y organización, autonomía funcional y administrativa de la Defensa Pública.

2008

INDEPENDENCIA DEL PODER JUDICIAL  DE LA DEFENSA PÚBLICA

INDEPENDENCIA DEL PODER JUDICIAL DE LA DEFENSA PÚBLICA

El 22 de septiembre de 2008, en dicha reforma, se sustrajo a la institución del Poder Judicial, atribuyéndole a la Defensa Pública el carácter de “órgano constitucional del Sistema de Justicia”.

ACTUALIDAD

Actualmente, la Defensa Pública es un órgano constitucional autónomo, sin personalidad jurídica propia, ya que ostenta la misma de la República, sin ningún tipo de subordinación a otro órgano del Estado y que tiene el sagrado deber de garantizar el derecho a la defensa, al debido proceso y el acceso a la justicia de las personas que requieran este servicio.